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viernes, 13 de junio de 2008

FIATE EN DIOS Y NO CORRAS

fermornie






MensajePublicado: Vie Jun 13, 2008 7:53 am Asunto: VARIOS. AMPLIACION DE CAPITAL. CUBA LIBRE

NO CREO QUE NOS DEBAMOS PREOCUPAR POR LA AMPLIACION DE CAPITAL QUE NO LA ENTIENDE NADIE. SI SE APROBARA NOS PREGUNTARIAMOS POR EL CAMPO ¿TU ERES DE LA SERIE A O B? YO SOY DE LA B, Y POR ELLO SOLO PUEDO JUGAR HASTA EL HOYO 14. EN FIN, NO TIENE IMPORTANCIA ESE PUNTO, POR QUE CUANDO LLEGUE, ANGEL YA NO SERA EL PRESIDENTE. LE HABREMOS "SEPARADO" ANTERIORMENTE.
POR OTRA PARTE, A ANGEL NO LE GUSTA NADA LA CUBA LIBRE. SUS HECHOS DEMUESTRAN QUE LE GUSTA LA CUBA DE FIDEL, Y PARA SU GOBIERNO A PUESTO A SU HERMANO GERENTE. !SALVO QUE LO DE CUBA LIBRE NO SE REFIERA AL PAIS AMERICANO, SINO AL DRINKING!. UN ABRAZO MUY FUERTE A LA FAMILIA CUBANA, Y POR CIERTO, TAMBIEN ESPAÑOLA.


victorino






MensajePublicado: Vie Jun 13, 2008 3:20 pm Asunto: Re: VARIOS. AMPLIACION DE CAPITAL. CUBA LIBRE


Me cuelgo de este escrito , porque tiene relacion con lo que voy a escribir.
Referente a que no debemos de PREOCUPARNOS , por el resto de puntos , aparte de que YO NO TENGO NINGUN PROBLEMA EN ESTAR PENDIENTE ( PREOCUPADO) de muchos puntos a la vez , esto mismo le DIJE el año pasado a un SOCIO que pedi viniera conmigo al consejo , me dijo que NO y que habia otras alternativas a MI CANDIDATURA , que en la JUNTA ... y que en la junta ..... Yo que estoy muy trabajado en estos ROLLOS , recuerdo ademas que le dije ..
"VOSOTROS CREEIS EN LOS REYES MAGOS " es una pena ... YO NO IRE A LA JUNTA ya que no quiero ver la hostia que llevais ..
y efectivamente la OSTYA fue cojonuda.

Otro año mas ... y yo viendolo todo y sufriendolo ...

¡¡¡CUANTAS VECES ME HABRE DICHO ...
VICTORINO OJALA NO TENGAS RAZON !!!

A lo largo de mi vida las actuaciones INCONCEBIBLES que yo he visto en PERSONAS , es para tener aquello presente de
"FIATE EN DIOS Y NO CORRAS".

Nada ... que Victorino se esta diciendo otra vez ... ¡¡OJALA TE EQUIVOQUES VICTORINO Y TODO SEA FACIL!!!

Por lo que se ve ya das como eliminado al consejo actual.
Yo no lo veo tan facil.
Hoy he estado en el campo y un socio que esta recogiendo DELEGACIONES DE VOTO ya tienen un monton a favor de Victorino" , segun el .

Yo no lo veo tan claro.

Hoy mismo me decia una persona con la que jugue , que ALGO NOS ESTABAN PREPARANDO , que tuvieramos cuidado , que EL NO LO TENIA CONFIRMADO , pero que una persona MUY DE FIAR le habia comentado que UN SOCIO DEL CLUB al que se le debia dinero de materiales , me dio el nombre , es mas me dijo que los "tiros" no venian de lo que se comentaba en el foro ( BEGAR) , escuchado el susodicho nombre ..
Es una persona del ramo de la PIZARRA y como tal ( segun dicen ) tienen mucho dinero.

Yo ya quede "fuera de juego" , me dijo que no lo divulgara ya que no estaba contrastado , lo comento porque a mi me parece que TODO EL MUNDO LO ESTA VIENDO MUY FACIL.

Vuelvo a repetir que todo estaria MAS CLARO , si los CONSEJEROS actuales NOMBRARAN OTRO PRESIDENTE , es totalmente valido y no habria peligro de ninguna maniobra .

Los actuales son buena gente , su unico problema es que NO SABEN DE ESTOS ENREDOS han confiado en OTROS y probablemente es este momento estan en lo de "SONTENELLA Y NO ENMENDALLA" .

Yo creo que si destituyeran al presidente SE REDIMIRIAN de todas SUS "NO ACTUACIONES ANTERIORES" , y quedarian disculpados , los que hemos estado en el consejo ( yo solo una reunion) sabemos que quien HA TOMADO TODAS LAS DECISIONES HA SIDO EL PRESIDENTE y en las que les ha hecho intervenir , o eran SIN IMPORTANCIA o estaban MANIPULADAS.
Para mi F., R., M. y L. son buena gente y como personas SIGUEN TENIENDO MIS SIMPATIAS Y APRECIO , HAN ESTADO SIENDO ENGAÑADOS ... es el momento de que se REDIMAN
.


LOS ESTATUTOS Y LA LEY DE SOCIEDADES A. ES LA SIGUIENTE

SECCIÓN IV. DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

Artículo 136. Concepto.

Cuando la administración se confíe conjuntamente a más de dos personas, éstas constituirán el Consejo de administración.

Artículo 137. Sistema proporcional.

La elección de los miembros del Consejo se efectuará por medio de votación. A estos efectos, las acciones que voluntariamente se agrupen, hasta constituir una cifra del capital social igual o superior a la que resulte de dividir este último por el número de vocales del Consejo, tendrán derecho a designar los que, superando fracciones enteras, se deduzcan de la correspondiente proporción.

En el caso de que se haga uso de esta facultad, las acciones así agrupadas no intervendrán en la votación de los restantes miembros del Consejo.

Artículo 138. Cooptación.

Si durante el plazo para el que fueron nombrados los administradores se produjesen vacantes, el Consejo podrá designar entre los accionistas las personas que hayan de ocuparlas hasta que se reúna la primera junta general.

Artículo 139. Constitución.

El Consejo de administración quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes o representados, la mitad más uno de sus componentes.

Artículo 140. Adopción de acuerdos.

1. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes a la sesión, que deberá ser convocada por el Presidente o el que haga sus veces.

2. La votación por escrito y sin sesión solo será admitida cuando ningún consejero se oponga a este procedimiento.

Artículo 141. Régimen interno y delegación de facultades.

1. Cuando los estatutos de la sociedad no dispusieran otras cosa, el Consejo de administración podrá designar a su Presidente, regular su propio funcionamiento, aceptar la dimisión de los Consejeros y designar de su seno una Comisión ejecutiva o uno o más Consejeros delegados, sin perjuicio de los apoderamientos que pueda conferir a cualquier persona.

En ningún caso podrán ser objeto de delegación la rendición de cuentas y la presentación de balances a la junta general, ni las facultades que ésta conceda al Consejo, salvo que fuese expresamente autorizado por ella.

2. La delegación permanente de alguna facultad del Consejo de administración en la Comisión ejecutiva o en el Consejero delegado y la designación de los administradores que hayan de ocupar tales cargos requerirán para su validez el voto favorable de las dos terceras partes de los componentes del Consejo y no producirán efecto alguno hasta su inscripción en el Registro Mercantil.
_________________
Saludos.
Victorino Redondo
NUNCA Y BAJO NINGUN CONCEPTO MI PERMANENCIA EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL CLUB DE GOL BIERZO S.A. SERA SUPERIOR A UN AÑO.

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